En Bolivia nueve empresas privadas tienen autorización de importación de combustible para consumo propio

En Bolivia nueve empresas privadas de alcance nacional tienen la autorización de importar combustibles para consumo propio, informó el gerente de Comercialización de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), Joel Callaú.

“La Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) emitió las resoluciones administrativas de autorización de importación a nueve empresas a nivel nacional, las cuales podrán importar combustibles para consumo propio”, explicó.

El dato se hizo público en la “Segunda edición del taller de capacitación sobre importación directa de combustibles para consumo propio”, al que asistieron autoridades nacionales, representantes de sectores empresariales, empresas privadas, cooperativas y otras instituciones interesadas en importar combustibles.

En la reunión realizada en la ciudad de La Paz, se informó sobre las facilidades que otorga el reciente Decreto Supremo N 5218, que agiliza la emisión de autorizaciones de importación de hidrocarburos y sus productos refinados.

Permite realizar todo el proceso de manera rápida y eficiente, con el objetivo de operativizarlo en un máximo de cinco días hábiles, procedimiento que contrasta con los trámites anteriores que tardaban hasta un año.

Habilita la presentación de las especificaciones de calidad del combustible con firma digital, optimizando los tiempos. La agilización del proceso beneficia tanto a grandes empresas como a personas naturales o cooperativas que necesiten el combustible para sus actividades productivas, no hay limitaciones en los volúmenes a importar, siempre y cuando sea para consumo propio.

Con el nuevo procedimiento, los trámites que antes requerían la intervención de notarios y jueces, ahora se realizan mediante una declaración jurada ante la ANH, lo que acelera el proceso.

“El procedimiento para obtener la autorización de la importación de combustible inicia con ugna carta de la persona natural o jurídica a YPFB, solicitando la nota de no objeción. Esta nota de no objeción es un requisito para registrarse ante la Dirección General de Sustancias Controladas. Con este registro se dirige a la ANH para obtener una Resolución Administrativa de autorización de importación para consumo propio. Este documento permite ante Sustancias Controladas solicitar la autorización de importación”, explicó.

La facilidad en la importación privada de combustible fue parte de los acuerdos entre el Gobierno y los privados en el Diálogo Nacional por la Economía y la Producción.

Via: ABI

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